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Para obtener una referencia cuantitativa del grado de competencia de un mercado, el método más habitual consiste en calcular su índice de concentración, comparando su desviación respecto de la situación de competencia perfecta. Este índice se define principalmente a partir de dos variables: el número de empresas y la desigualdad en su tamaño (expresado en forma de nº clientes, cuota de mercado, volumen de ventas o ingresos, activos, nº de trabajadores, etc, según estemos analizando la concentración de los factores de producción o de los resultados).

Un mercado estará más concentrado cuanto menor sea el número de empresas que operan en él y mayores las diferencias de tamaño entre dichas empresas, teniendo un mínimo correspondiente al del modelo de Competencia Perfecta en dicho mercado.

Aunque teóricamente, un mayor número de participantes en un mercado con actores de cuotas similares -y por tanto un menor nivel de concentración- genera siempre resultados deseables en términos de competencia, realmente no existe ningún tipo de modelo práctico que nos permita fijar la estructura óptima (nº de actores, tamaños, actividades, etc) que debería de tener un mercado en particular. Además, cada mercado tendrá su valor de concentración “propio” en función de los parámetros de análisis que escojamos y de las características inherentes de ese mercado (barreras de entrada, economías de escala, entorno regulatorio, tipo de demanda, cadena de distribución, etc): resulta evidente que el mercado de la distribución de alimentación y el de fabricantes de aviones tendrán modelos de competencia e índices de concentración completamente dispares, por eso, al escoger un índice de medida, éste debe ser homogéneo y significativo para el mercado que se desea analizar.

Por otra parte, la Administración, a través de la Regulación de los mercados, juega un papel determinante en la estructura competitiva de los mismos, lo cual tendrá su reflejo en el índice de concentración que dicho mercado alcance. Promover el desarrollo de mercados con un elevado número de actores de tamaño similar puede estimular la competencia y evitar la colusión de un pequeño número de actores que, acumulando un gran tamaño, acuerden comportamientos anticompetitivos (concertación de precios, etc). Sin embrago, desde un punto de vista práctico, un exceso de Regulación (ya sea exante o expost), aunque persiga el loable fin de mejorar la competencia, puede acabar forzando una competición antinatural que presente un bajo índice de concentración (aparentándose que estamos en un mercado muy competitivo) cuando, sin embargo, lo que realmente puede estar ocurriendo es que estamos ante actores muy parejos dentro de un mercado subdesarrollado (consecuencia de su poco atractivo para atraer inversión, dado el limitado retorno en comparación con otros sectores menos intervenidos) lo que al final podría acabar representando un grave inconveniente para satisfacer las necesidades de los usuarios/clientes de ese mercado a los que, precisamente, el Regulador pretendía ayudar.

Otro efecto que puede desvirtuar el grado de competencia expresado por un índice de concentración son la existencia de holdings, ya que podríamos estar usando de forma desagregada las cuotas de empresas que pertenecen al mismo conglomerado empresarial y que, por tanto, aparentan diversificar el mercado, pero que realmente no están compitiendo entre sí.

El hecho de que no exista un modelo teórico de mercado en competencia único y óptimo, ha dado lugar a la definición de diferentes índices de concentración, no solo utilizados a nivel académico, sino también adoptados por el Sector Público como indicadores para medir la potencial violación de las Leyes de la Competencia en diferentes países, hasta el punto de que algunos han sido incorporados a la Normativa de Competencia, tanto de la Unión Europea, como de EEUU.

Índices de Concentración que habitualmente se encuentran en los Análisis de Competencia

La mayoría de los índices de concentración (p.e. el CRk y el HHI) presentan una fotografía estática del mercado, lo que dificulta analizar la evolución temporal de los niveles de competencia. Esto es debido a que estos índices evalúan el comportamiento agregado del mercado y no la dinámica individualizada que sigue cada una de las empresas que actúan en él. P.e. si las cuotas de un mercado se mantienen de un año para otro, pero ha habido alternancia en las posiciones de las entidades que componen dicho mercado, tanto el Ck como el HHI permanecerán invariables, aunque realmente sí que ha habido una dinámica competitiva en dicho mercado.

Para resolver esta deficiencia se desarrollaron los denominados índices de volatilidad, que habitualmente se dan en paralelo a los índices de concentración. El más habitual es el Índice de Inestabilidad o Volatilidad:

Veamos un ejemplo de aplicación de los anteriores índices al Sector Bancario Español en el periodo 2007-2014 (periodo en el que se produjo una importante crisis financiera que dio lugar a la intervención estatal y movimientos de concentración):

A la vista de estas cifras, podríamos concluir lo siguiente:

  • La concentración aumenta fuertemente desde 2007, reflejando los movimientos de consolidación del sector.
  • La cuota acumulada por las 10 primeras entidades sube 23,3 p.p. acumulando más del 83% del total del sector en 2014.
  • Asimismo, la evolución del HHI también muestra una fuerte concentración, (duplicándose el HHI de 2007 a 2014), si bien el valor de este índice se mantiene holgadamente por debajo de 1.500, correspondiente a un mercado desconcentrado según los parámetros del DoJ y de la FTC de EEUU.
  • En términos generales se observa un incremento de la inestabilidad del sector bancario a medida que la crisis avanza, siendo los años 2010, 2012 y 2013 especialmente convulsos.